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Noticias sobre SIJS

¿Puedo salir del país con la Visa Juvenil? Viajar antes y después de la residencia

Puede salir del país en algunas etapas, pero la Visa Juvenil no es un permiso automático para viajar.

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Madre e hijo conversan en la sala de su casa

Puede salir del país en algunas etapas, pero la Visa Juvenil no es un permiso automático para viajar. Antes de salir, debe revisar su etapa migratoria, porque el joven debe estar físicamente en Estados Unidos cuando presenta el I-360 y cuando USCIS decide esa petición. Después de obtener la residencia, las reglas son distintas, pero también deben confirmarse para su caso.

La Visa Juvenil no es una visa para entrar o viajar

La Visa Juvenil es el nombre común del estatus especial de inmigrante juvenil, o SIJS (Special Immigrant Juvenile Status). Es un camino humanitario hacia la residencia permanente, conocida como green card, para ciertos jóvenes nacidos fuera de Estados Unidos.

No es una visa de turista. Tampoco es una visa de trabajo, DACA ni asilo. La Visa Juvenil comienza con una orden de la corte (predicate order) en California y después requiere una petición I-360 ante USCIS.

Por ejemplo, este caso es ficticio: Luis tiene 20 años y vive con su tía en El Monte. Aunque tenga una petición SIJS preparada, eso no significa que pueda viajar y regresar sin afectar el caso. Primero debe saber si ya presentó el I-360, si USCIS lo recibió y qué trámite migratorio tiene pendiente.

¿Puedo viajar antes de presentar el I-360?

Salir antes de presentar el I-360 puede crear problemas prácticos y legales. Para pedir la clasificación SIJS, el joven debe estar físicamente en Estados Unidos al presentar el formulario y cuando USCIS decide la petición.

También debe ser menor de 21 años al momento en que USCIS recibe el I-360. Si se presenta a tiempo, la edad queda protegida aunque el joven cumpla 21 años después. Sin embargo, salir del país puede afectar su capacidad de cumplir los requisitos y los plazos del caso.

Antes de viajar, confirme con su abogado:

  • Si la corte todavía tiene jurisdicción sobre el joven.
  • Si ya existe una orden válida de la corte.
  • Si el I-360 fue presentado y recibido por USCIS.
  • Si el joven continúa físicamente en Estados Unidos cuando USCIS decide.
  • Si el joven tiene una orden de deportación, una entrada sin inspección o antecedentes, el viaje puede tener consecuencias graves; revíselo con su abogado antes de comprar un boleto.

La ley no fija un plazo exacto para decidir cada petición. Los tiempos de USCIS pueden cambiar; confirme con su abogado antes de hacer planes. Para conocer el proceso completo, revise nuestra guía sobre cómo aplicar para la Visa Juvenil paso a paso.

Viajar después de presentar el I-360

Presentar el I-360 no convierte al joven en residente. USCIS puede aprobar o negar la clasificación SIJS, o enviar una solicitud de evidencia adicional. Por eso, una salida durante el proceso necesita revisión individual.

El joven debe estar físicamente en Estados Unidos cuando USCIS decide el I-360. Una ausencia puede levantar preguntas sobre ese requisito. También puede complicar la recepción de cartas, huellas, citas o solicitudes de evidencia.

Guarde y revise todos los avisos de USCIS. Si cambia de dirección, siga las instrucciones correspondientes y asegúrese de que su abogado reciba las notificaciones. No deje una carta sin contestar por estar fuera del país.

Por ejemplo, este caso es ficticio: María presentó su I-360 y después planeó visitar a un familiar. Su familia no debe comprar boletos antes de revisar el recibo, la etapa del caso y los riesgos del viaje. Una consulta previa puede evitar una decisión tomada con información incompleta.

La tarifa del I-360 es de $250. Las tarifas y políticas pueden cambiar; confirme con su abogado antes de presentar o viajar.

¿Puedo viajar mientras espero la residencia con el I-485?

El I-360 aprobado no es la residencia. Para convertirse en residente permanente, el joven generalmente debe presentar el Formulario I-485, si hay una visa de inmigrante disponible. La fecha de prioridad (priority date) y la disponibilidad de una visa pueden influir en cuándo se presenta el I-485:

Boletín de Visas de septiembre de 2026 — categoría EB-4 (Visa Juvenil)
Fecha de acción final (final action date)15 de diciembre de 2022
Fecha de presentación (date for filing)1 de enero de 2023

Fuente: Departamento de Estado. Si la fecha de prioridad de su I-360 es anterior a la fecha de acción final, hay visa disponible. Actualizado el 26 de agosto de 2026.

.

El permiso de viaje y sus efectos dependen del trámite exacto del joven. El Formulario I-131 puede estar relacionado con solicitudes de viaje, pero salir mientras el I-485 está pendiente sin un permiso de viaje (advance parole) suele significar que USCIS considera abandonada la solicitud; confírmelo con su abogado antes de viajar.

No confunda estos documentos:

  • I-360: petición para la clasificación SIJS.
  • I-485: solicitud de residencia permanente o ajuste de estatus.
  • I-765: solicitud del permiso de trabajo (work permit, EAD).
  • I-131: formulario relacionado con ciertos documentos de viaje.
  • I-693: examen médico realizado por un médico autorizado por USCIS.

Los solicitantes SIJS están exentos de ciertas tarifas migratorias, según las reglas aplicables. Para el I-485 y el I-765 de un solicitante SIJS la tarifa es $0 (exento). El I-912 no hace falta para esa exención. El examen I-693 puede tener el honorario del médico.

Por ejemplo, este caso es ficticio: José tiene un I-360 aprobado y un I-485 pendiente. Su familia quiere que viaje a México por una emergencia. Antes de salir, debe consultar sobre el I-131, su recibo del I-485 y cualquier historial de entrada, salida o remoción. No debe confiar solo en que el I-360 fue aprobado.

¿Qué cambia después de obtener la residencia?

Cuando USCIS aprueba el I-485, el joven obtiene la residencia permanente. El estatus no vence simplemente porque cumpla 21 años. Desde ese momento, el análisis ya no es únicamente el de una petición SIJS pendiente.

Aun así, viajar como residente requiere cumplir las reglas migratorias aplicables. Este artículo no contiene todos los requisitos para cada viaje. Antes de salir, confirme con su abogado qué documentos llevar, cuánto tiempo puede estar fuera y qué consecuencias tendría el viaje.

Lleve consigo los documentos que su abogado le indique y conserve copias de las decisiones y recibos de USCIS. No entregue su información a un notario para evaluar un viaje o una posible consecuencia migratoria. Un notario no puede ejercer como abogado de inmigración en Estados Unidos.

Por ejemplo, este caso es ficticio: Ana recibió su green card después de un proceso SIJS. Su abuela enfermó en otro país. Antes de comprar el boleto, Ana debe pedir orientación sobre su residencia, el motivo del viaje y el tiempo que piensa estar fuera. Las respuestas pueden cambiar según sus hechos.

Para entender qué sucede después del I-360, puede leer Visa Juvenil aprobada: ¿qué sigue?. También puede revisar nuestra explicación del Formulario I-485 para la Visa Juvenil.

Qué hacer hoy

  1. Reúna sus avisos y recibos. Incluya la orden de la corte, el I-360, el I-485, el I-765, el I-131 y cualquier carta de USCIS. Si no tiene un documento, anote qué falta.
  2. No compre boletos todavía. Escriba la fecha prevista, el país, el motivo del viaje y cuánto tiempo piensa estar fuera. Entregue esos datos a su abogado.
  3. Pida una revisión individual. Pregunte si el joven puede viajar ahora, qué documento necesita y qué riesgo existe para su caso. No firme formularios basados en una explicación general.

Si necesita preparar el paquete, consulte la lista completa de documentos para la Visa Juvenil. Si alguien le ofrece ayuda, conozca quién puede ayudarle con la Visa Juvenil y por qué un notario no.

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir la Visa Juvenil si vivo con uno de mis padres?

Sí, podría ser posible. La reunificación puede ser no viable con uno o ambos padres, mientras el joven sigue viviendo con el padre o la madre protector. La corte debe revisar los hechos y emitir los hallazgos requeridos.

¿Debo estar en Estados Unidos para presentar el I-360?

Sí. El joven debe estar físicamente en Estados Unidos al presentar el I-360 y cuando USCIS decide la petición. No se pide desde otro país para entrar a Estados Unidos.

¿El I-360 aprobado significa que ya tengo la residencia?

No. El I-360 aprobado reconoce la clasificación SIJS, pero el joven todavía necesita el I-485 para solicitar la residencia, cuando pueda presentarlo. La disponibilidad de una visa puede afectar ese paso:

Boletín de Visas de septiembre de 2026 — categoría EB-4 (Visa Juvenil)
Fecha de acción final (final action date)15 de diciembre de 2022
Fecha de presentación (date for filing)1 de enero de 2023

Fuente: Departamento de Estado. Si la fecha de prioridad de su I-360 es anterior a la fecha de acción final, hay visa disponible. Actualizado el 26 de agosto de 2026.

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¿Puedo viajar con el permiso de trabajo?

El permiso de trabajo, o EAD, autoriza a trabajar cuando USCIS aprueba el I-765. No demuestra por sí solo que el joven tenga permiso para viajar o regresar. Confirme la situación del viaje con su abogado antes de salir.

¿Qué ocurre si cumplo 21 años durante el proceso?

Si el I-360 se presentó antes de cumplir 21 años, la edad queda protegida para ese requisito. El joven todavía debe cumplir los demás requisitos, incluido permanecer soltero y estar físicamente en Estados Unidos cuando USCIS decide el I-360.

En Lluis Law atendemos en español en toda California, incluyendo Los Ángeles, Orange, San Bernardino, Riverside, San Diego y el Área de la Bahía. Tenemos más de 650 peticiones SIJS presentadas y más de 45 años defendiendo a inmigrantes. Solicite una consulta inicial confidencial por el formulario o chat de abogadodevisajuvenil.com, o llame al (213) 955-7536.

Datos de tarifas y fechas verificados el 26 de agosto de 2026. Estas cifras cambian; confírmelas con su abogado.

Esta guía es información general, no asesoría legal sobre su caso.

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