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Noticias sobre SIJS

¿Puedo pedir a mis padres después de la Visa Juvenil? La prohibición permanente

No. Si usted obtiene la Visa Juvenil (SIJS, Special Immigrant Juvenile Status), no puede pedir a sus padres mediante una petición familiar.

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No. Si usted obtiene la Visa Juvenil (SIJS, Special Immigrant Juvenile Status), no puede pedir a sus padres mediante una petición familiar. Esta prohibición continúa aunque después obtenga la residencia permanente o la ciudadanía estadounidense.

Ilustración: ¿Puedo pedir a mis padres después de la Visa Juvenil? La prohibición permanente

La Visa Juvenil no permite pedir a los padres

La Visa Juvenil es un beneficio humanitario para jóvenes que no pueden reunificarse con uno o ambos padres por abuso, negligencia, abandono o una base similar bajo la ley estatal. Primero, una corte estatal determina la situación del joven. Después, USCIS decide la petición I-360.

La ley de inmigración impide que una persona clasificada como inmigrante juvenil especial presente una petición familiar para sus padres. Esto incluye al padre o madre con quien el joven sí mantiene una relación segura. Por eso, obtener la residencia por SIJS no crea esa posibilidad.

Por ejemplo, Ana tiene 18 años y vive con su abuela en Pomona. Ana podría estudiar una estrategia de SIJS si cumple los requisitos. Sin embargo, después no podría pedir a sus padres mediante una petición familiar.

La prohibición sigue después de la green card

Si USCIS aprueba el I-360 y hay una visa disponible, el joven puede presentar el I-485, solicitud para ajustar su estatus y obtener la residencia permanente. La disponibilidad depende de la categoría EB-4 y del Boletín de Visas.

La residencia obtenida por SIJS no cambia la prohibición relacionada con los padres. Tampoco la cambia una futura naturalización. Antes de presentar cualquier solicitud familiar, revise su historial con un abogado de inmigración.

Por ejemplo, Luis obtiene su green card después de una petición SIJS. Años después, aunque pueda solicitar la ciudadanía si cumple otros requisitos, no debe asumir que podrá pedir a sus padres.

No confunda esta regla con quién lo cuidó

La prohibición no depende solamente de quién tuvo la custodia del joven. Un padre no abusivo puede tener la custodia o incluso ser nombrado tutor en ciertos casos de California. Eso puede ayudar a proteger al joven, pero no permite pedir al padre después.

En California, la orden de la corte ( predicate order, orden con los hallazgos necesarios para SIJS) debe explicar la custodia o dependencia, la reunificación no viable y el interés superior del joven. La orden no convierte al padre en beneficiario de inmigración.

La corte puede usar formularios como FL-356 y FL-357 en familia, GC-220 y GC-224 en sucesiones, o JV-356 y JV-357 en juvenil. Lluis Law revisa si la orden tiene hechos suficientes para USCIS y si protege al joven sin exponer detalles innecesarios.

Por ejemplo, Mateo vive con su mamá, quien no fue la persona que causó el daño. Una corte puede reconocer esa situación. Aun así, Mateo no podrá presentar una petición familiar para ella después de obtener SIJS.

Para conocer los requisitos completos, puede leer nuestra guía sobre qué es la Visa Juvenil. Si su cumpleaños 21 se acerca, revise también la regla de edad para pedir la Visa Juvenil.

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir a mi mamá si ella nunca me abandonó?
No. La prohibición se refiere a los padres y no depende únicamente de cuál padre causó el problema. Revise su situación completa antes de presentar otra petición.

¿Puedo pedir a mis padres después de hacerme ciudadano?
No mediante una clasificación basada en SIJS. La ciudadanía no elimina esta prohibición permanente.

¿Mi padre puede ayudarme en el caso de Visa Juvenil?
En algunos casos, un padre no abusivo puede participar en una custodia o tutela autorizada por la corte. Eso no significa que usted podrá pedirlo después para inmigración.

Qué hacer hoy

  1. No presente una petición para sus padres sin revisar primero su historial SIJS y sus documentos.
  2. Reúna su aprobación del I-360, su green card, cualquier orden de la corte y sus avisos de USCIS.
  3. Consulte a Lluis Law para confirmar qué beneficios migratorios puede solicitar y cuáles están prohibidos.

Lluis Law ha presentado más de 650 peticiones SIJS y tiene más de 45 años defendiendo a inmigrantes. Atendemos en español en toda California, incluyendo Los Ángeles, Orange, San Bernardino, Riverside, San Diego y el Área de la Bahía.

Llame al (213) 955-7536 para una consulta inicial confidencial. También puede visitar Abogado de Visa Juvenil o conocer más sobre el caso de Visa Juvenil con un solo padre. Nuestra oficina está en Lluis Law, 205 S. Broadway, Suite 1000, Los Ángeles, CA 90012.

Esta guía es información general, no asesoría legal sobre su caso.

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