Si USCIS aprobó su Visa Juvenil, el siguiente paso puede ser pedir la residencia permanente con el Formulario I-485. Esto depende de que haya una visa disponible y de que usted siga cumpliendo los requisitos. La aprobación del I-360 no es todavía la green card. Debe revisar su fecha de prioridad y preparar la solicitud correcta.
¿Qué significa que USCIS aprobó la Visa Juvenil?
La Visa Juvenil es el estatus especial de inmigrante juvenil (Special Immigrant Juvenile Status, SIJS). Primero, USCIS aprueba el Formulario I-360. Esa aprobación reconoce la clasificación SIJS del joven.
Después, el joven puede solicitar la residencia permanente legal, conocida como green card. USCIS decide esa segunda etapa mediante el Formulario I-485. La Visa Juvenil no es una visa de turista, de trabajo, DACA ni asilo.
Por ejemplo, este caso es ficticio: Luis tiene 20 años y vive con su tía en El Monte. USCIS aprobó su I-360, pero Luis todavía necesita revisar si puede presentar el I-485 ahora.
Revise su fecha de prioridad y la disponibilidad de visa
La fecha de prioridad (priority date) normalmente es la fecha en que USCIS recibió correctamente el I-360. Esa fecha ayuda a determinar cuándo puede avanzar hacia la residencia.
Las visas SIJS pertenecen a la categoría de inmigración basada en empleo EB-4. Si hay una visa disponible, generalmente puede presentar el I-485 junto con el I-360 o después de su aprobación. Si no hay una visa disponible, puede tener que esperar para presentar el I-485.
El boletín de visas cambia. Esta política puede cambiar; confirme con su abogado. Revise las noticias sobre SIJS en español para conocer cambios, pero no use una publicación antigua para decidir si debe presentar su caso.
Para esta revisión, tenga a la mano:
- El recibo o la aprobación del I-360.
- Su fecha exacta de prioridad.
- Su acta de nacimiento y documentos de identidad.
- Cualquier carta reciente de USCIS.
- Información sobre arrestos, cargos o casos juveniles.
Por ejemplo, este caso es ficticio: María recibió la aprobación del I-360, pero su carta muestra una fecha de prioridad diferente a la que esperaba. Antes de enviar el I-485, debe confirmar cuál fecha reconoce USCIS.
Prepare el Formulario I-485 para pedir la residencia
El Formulario I-485 es la solicitud para registrar la residencia permanente o ajustar el estatus. El I-360 aprobado no convierte automáticamente al joven en residente. La residencia llega solamente si USCIS aprueba el I-485.
El paquete puede incluir documentos como estos:
- Formulario I-485.
- Copia del recibo o aprobación del I-360.
- Formulario I-693, examen médico con un cirujano civil autorizado por USCIS.
- Dos fotografías tipo pasaporte.
- Formulario G-325A, con datos biográficos para verificaciones.
- Copias certificadas de documentos policiales y de corte, si existen arrestos, cargos o un caso juvenil.
El I-693 debe entregarse en un sobre sellado. Históricamente, el examen ha sido válido aproximadamente 12 meses. Por eso, conviene hacerlo cerca de la presentación y no demasiado temprano. Confirme la regla vigente antes de usar un examen anterior.
Para otros solicitantes, la tarifa del I-485 supera los $1,000. Los solicitantes SIJS, en cambio, están exentos por regla de USCIS (8 CFR 106.3); no hace falta el Formulario I-912. USCIS decide si concede esa exención.
Por ejemplo, este caso es ficticio: José tiene la aprobación del I-360 y poco dinero para el proceso. Puede revisar con su abogado que el paquete del I-485 indique claramente que se trata de un caso SIJS exento de tarifa.
¿Puede pedir un permiso de trabajo?
El Formulario I-765 sirve para pedir el permiso de trabajo. Puede presentarse con el I-485 o después de que el I-485 quede pendiente, según las reglas aplicables al caso.
Con el documento de autorización de empleo, conocido como EAD, el joven puede obtener un número de Seguro Social. El permiso de trabajo no es la residencia y no sustituye la aprobación del I-485.
No debe comenzar a trabajar basándose solamente en la aprobación del I-360. Primero debe recibir la autorización correspondiente y revisar sus fechas de validez.
Por ejemplo, este caso es ficticio: Ana recibió su aprobación SIJS y necesita trabajar. Su abogado presenta o revisa el I-765 relacionado con su I-485. Ana espera el EAD antes de aceptar un empleo que requiera autorización.
Revise problemas que pueden afectar el I-485
La clasificación SIJS tiene protecciones importantes. Para ciertos solicitantes SIJS, se eximen automáticamente algunas causas de inadmisibilidad, como carga pública, entrada sin inspección, falsa declaración, presencia ilegal y certificación laboral.
Otras causas pueden requerir un perdón mediante el Formulario I-601. Entre ellas pueden estar ciertos problemas de salud, prostitución, contrabando de personas o no asistir a procedimientos de remoción. Algunas causas no son perdonables, como terrorismo, genocidio, tráfico de sustancias controladas y ciertas condenas graves de adulto.
Los casos juveniles requieren revisión cuidadosa. Una adjudicación de delincuencia juvenil no es, por sí sola, una condena para inmigración. Sin embargo, admisiones relacionadas con drogas o pandillas pueden crear problemas basados en conducta.
Informe a su abogado sobre todo arresto, citación, cargo, caso juvenil o contacto con inmigración. No esconda información por miedo. Una revisión completa permite decidir qué documentos hacen falta.
Por ejemplo, este caso es ficticio: Carlos tuvo un caso juvenil cerrado. Aunque eso no significa automáticamente una condena migratoria, su expediente debe revisarse antes de presentar el I-485.
Qué hacer hoy
- Busque la aprobación del I-360. Confirme la fecha de prioridad, el número de recibo y cualquier instrucción de USCIS.
- Reúna sus documentos. Incluya identificación, acta de nacimiento, cartas de USCIS y registros de corte o policía.
- Consulte antes de presentar. Pida que revisen la disponibilidad de visa, el I-485, el I-765, el I-693 y cualquier posible I-601.
Si su cumpleaños 21 se acerca, no espere para pedir orientación. Para conocer la regla sobre la edad y la presentación del I-360, lea ¿Hasta qué edad se puede pedir la Visa Juvenil?. La edad se revisa de manera distinta en cada etapa, y los documentos deben presentarse correctamente.
Preguntas frecuentes
¿La aprobación de la Visa Juvenil significa que ya tengo la green card?
No. La aprobación del I-360 concede la clasificación SIJS, pero no la residencia permanente. Debe presentar el I-485 cuando pueda hacerlo y esperar la decisión de USCIS.
¿Puedo presentar el I-485 inmediatamente después del I-360?
Tal vez. Depende de que exista una visa disponible según su fecha de prioridad y el boletín correspondiente. Esta política puede cambiar; confirme con su abogado antes de presentar.
¿Puedo pedir el permiso de trabajo después de la aprobación SIJS?
El I-765 se presenta con el I-485 o después, cuando el I-485 está pendiente, según corresponda. La aprobación del I-360 por sí sola no es un permiso de trabajo.
¿Qué pasa si cumplí 21 años después de presentar el I-360?
Si el I-360 se presentó antes de cumplir 21 años y a tiempo, la edad puede quedar protegida para esa petición. El joven todavía debe cumplir los demás requisitos aplicables. Revise su fecha exacta con un abogado.
¿Puedo casarme después de que aprobaron mi Visa Juvenil?
Casarse antes de que se apruebe la residencia puede cancelar o revocar la clasificación SIJS. No tome esa decisión sin hablar primero con un abogado de inmigración.
Si USCIS aprobó su Visa Juvenil, nosotros podemos revisar los próximos pasos hacia la residencia. Lluis Law ofrece una consulta inicial confidencial en español, por teléfono al (213) 955-7536, mediante el formulario o chat del sitio y atiende en toda California. También puede conocer qué es la Visa Juvenil y sus requisitos o revisar el caso de un joven que vive con su mamá, pero fue abandonado por su papá.
Lluis Law está en 205 S. Broadway, Suite 1000, Los Ángeles, CA 90012. Hemos presentado más de 650 peticiones SIJS y tenemos más de 45 años defendiendo a inmigrantes. Esta guía es información general, no asesoría legal sobre su caso.