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Documentos para la Visa Juvenil: la lista completa que su familia debe reunir

Para la Visa Juvenil, su familia debe reunir documentos de identidad, edad, presencia en Estados Unidos y una orden válida de la corte.

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Para la Visa Juvenil, su familia debe reunir documentos de identidad, edad, presencia en Estados Unidos y una orden válida de la corte. También necesitará pruebas sobre la custodia, el abuso, la negligencia o el abandono, además de los formularios de USCIS. Cada caso cambia. Por eso, conviene revisar los documentos antes de presentar el paquete.

Ilustración: Documentos para la Visa Juvenil: la lista completa que su familia debe reunir

¿Qué documentos prueban la edad y la identidad del joven?

El primer grupo de documentos demuestra quién es el joven y cuándo nació. USCIS acepta, entre otros documentos, un acta de nacimiento, pasaporte o identificación oficial emitida por el gobierno de otro país, como una cartilla o cédula.

Si el documento está en otro idioma, normalmente debe incluir una traducción certificada al inglés. Guarde el original y una copia clara. No envíe documentos difíciles de leer o con nombres y fechas que no coincidan.

Ejemplo ficticio: Luis tiene 20 años y vive con su tía en El Monte. Su acta de nacimiento usa un apellido distinto al de su pasaporte. La familia debe explicar esa diferencia y reunir documentos que conecten ambas identidades.

Prepare, cuando estén disponibles:

  • Acta de nacimiento.
  • Pasaporte o identificación oficial.
  • Traducción certificada al inglés.
  • Documentos que expliquen cambios de nombre.
  • Pruebas de la fecha exacta de nacimiento.

El joven debe presentar el Formulario I-360 antes de cumplir 21 años. La fecha importante es cuando USCIS recibe correctamente la petición, no solamente cuando la familia comienza a reunir papeles. Puede consultar más detalles en nuestra guía sobre la edad límite de la Visa Juvenil.

¿Qué debe contener la orden de la corte?

La orden de la corte (predicate order) es uno de los documentos más importantes. Una corte de California debe hacer hallazgos sobre la dependencia, colocación o custodia del joven; la reunificación con uno o ambos padres; y su interés superior.

La orden debe explicar hechos suficientes para apoyar esos hallazgos. No basta con copiar una frase de una ley federal. USCIS puede pedir más pruebas o negar el caso si la orden no muestra una base razonable.

La orden debe indicar, en términos claros, que:

  • El joven depende de la corte o está bajo una custodia o colocación autorizada.
  • La reunificación con uno o ambos padres no es viable por abuso, negligencia, abandono o una base similar bajo la ley estatal.
  • No es conveniente para el joven regresar a su país de nacionalidad o última residencia habitual.
  • La corte actuó bajo la ley de California.
  • La orden busca protección y alivio frente al maltrato, no solamente un beneficio migratorio.

Ejemplo ficticio: María vive con su abuela en Riverside después de que uno de sus padres la abandonó. La orden debe explicar la custodia, los hechos relevantes y por qué regresar no favorece su salud, seguridad y bienestar.

En California existen varias divisiones que pueden participar: dependencia, familia, delincuencia o juvenil, y sucesiones. Los formularios del Consejo Judicial dependen del tipo de corte. En familia pueden usarse FL-356 para la petición y FL-357 para la orden. En sucesiones pueden usarse GC-220 y GC-224. En juvenil pueden usarse JV-356 y JV-357. La numeración exacta y el uso adecuado deben revisarse en cada caso.

La ley AB 2224 permite ciertas tutelas para jóvenes solteros de 18 a 20 años. También establece que, cuando se solicita procesamiento expedito con una orden propuesta conforme, la corte debe entregar una copia certificada dentro de 3 días hábiles después de la audiencia o de la presentación de la orden propuesta, lo que ocurra después.

Los expedientes de dependencia y justicia juvenil son estrictamente confidenciales en California. La orden debe proteger la privacidad del joven y explicar lo necesario, sin incluir detalles gráficos o innecesarios.

¿Qué formularios se presentan ante USCIS?

El Formulario I-360 es la petición para solicitar la clasificación SIJS (Special Immigrant Juvenile Status), conocida en español como Visa Juvenil o estatus especial de inmigrante juvenil. El joven debe estar físicamente en Estados Unidos, ser soltero y tener menos de 21 años cuando USCIS recibe la petición.

Con el I-360 se presenta la orden válida de la corte y la evidencia que respalda los hallazgos. También se entrega prueba de edad y, si tiene abogado, el Formulario G-28, que informa a USCIS que el abogado representa al joven.

El paquete inicial normalmente puede incluir:

  • Formulario I-360 firmado.
  • Orden certificada de la corte.
  • Petición, evidencia y documentos de la corte.
  • Prueba de edad e identidad.
  • Traducciones certificadas al inglés.
  • Formulario G-28, si corresponde.

Ejemplo ficticio: Carlos cumple 21 años en pocos meses. Su abogado revisa primero la fecha de nacimiento, la orden certificada y la firma del I-360. Una petición enviada sin firma o después de la fecha límite puede tener problemas de recepción.

Si el joven está bajo custodia del Departamento de Salud y Servicios Humanos (HHS), y la orden cambia su custodia o colocación, puede necesitar consentimiento escrito de la Oficina de Reasentamiento de Refugiados (ORR). La necesidad de ese consentimiento depende de los hechos del caso.

USCIS puede enviar una solicitud de evidencia adicional, conocida como RFE (Request for Evidence). Por eso, conserve copias completas del paquete, recibos y sobres enviados. Nuestra guía completa sobre la Visa Juvenil explica cómo se relacionan la corte estatal y USCIS.

¿Qué documentos se necesitan para la residencia y el permiso de trabajo?

La aprobación del I-360 no es todavía la residencia. Después, el joven puede solicitar el ajuste de estatus mediante el Formulario I-485 cuando exista una visa disponible. La fecha de prioridad (priority date) y el boletín de visas pueden afectar cuándo se presenta el I-485. Esta política puede cambiar; confirme con su abogado.

El paquete del I-485 de un solicitante SIJS no lleva tarifa ni Formulario I-912: USCIS lo exime por regla (8 CFR 106.3). También puede requerir el Formulario I-693, examen médico realizado por un cirujano civil autorizado por USCIS, dentro de un sobre sellado.

Reúna estos documentos cuando correspondan:

  • Formulario I-485.
  • Sin tarifa ni Formulario I-912 (los solicitantes SIJS están exentos por regla de USCIS).
  • Formulario I-693 en sobre sellado.
  • Recibo o aprobación del I-360.
  • Dos fotografías tipo pasaporte.
  • Formulario G-325A y datos biográficos para verificaciones.
  • Certificados de policía y de la corte sobre arrestos, cargos o casos juveniles.

Ejemplo ficticio: Ana ya recibió la aprobación de su I-360 y quiere solicitar su green card. Antes de enviar el I-485, revisa si la visa está disponible, agenda el examen médico cerca de la presentación y reúne copias certificadas de cualquier caso juvenil.

El Formulario I-765 puede presentarse con el I-485 o después, mientras el I-485 está pendiente. Si se aprueba, el joven recibe un permiso de trabajo (EAD). Con ese documento puede solicitar un número de Seguro Social, según las reglas de la agencia correspondiente.

Algunas causas de inadmisibilidad tienen protección especial para jóvenes SIJS. Otras situaciones pueden requerir un perdón mediante el Formulario I-601. Los antecedentes, entradas al país y cualquier arresto deben revisarse antes de presentar el paquete.

¿Cómo organizar la carpeta familiar?

Una carpeta ordenada ayuda a encontrar errores antes de enviar el caso. Separe los documentos por identidad, corte, USCIS y antecedentes. Use copias claras y conserve los originales en un lugar seguro.

Escriba una lista de documentos faltantes. No esconda información sobre arrestos, entradas anteriores, matrimonios o casos juveniles. Un dato difícil de explicar es mejor que un dato omitido.

Ejemplo ficticio: José tiene documentos de tres cortes y una traducción antigua. Su familia coloca cada documento junto con su traducción y anota cuál copia está certificada. Así, el abogado puede detectar diferencias antes de presentar.

Puede organizar la carpeta así:

  1. Identidad, nacimiento y traducciones.
  2. Documentos de custodia, tutela y corte.
  3. I-360, G-28 y pruebas para USCIS.
  4. I-485, I-765 e I-693, si corresponden.
  5. Arrestos, cargos, casos juveniles y resoluciones certificadas.

No destruya mensajes, cartas de la corte ni recibos. Si recibió una notificación de USCIS, guarde todas sus páginas y anote la fecha límite. Para cambios sobre USCIS y decisiones relacionadas con SIJS, revise las noticias sobre Visa Juvenil en español.

Qué hacer hoy

  1. Confirme la edad y el estado civil. Anote la fecha exacta de nacimiento. Verifique que el joven esté soltero y físicamente en Estados Unidos.
  2. Reúna los documentos principales. Busque el acta de nacimiento, identificación, orden certificada de la corte, traducciones y cualquier carta de USCIS.
  3. Pida una revisión legal. Lluis Law puede revisar la orden, los formularios y los documentos faltantes antes de presentar el caso.

Si el joven se acerca a los 21 años, no espere para comenzar. El I-360 debe llegar a USCIS antes de cumplirlos. Una revisión temprana permite identificar problemas de custodia, lenguaje de la orden o documentos de identidad.

Preguntas frecuentes

¿Necesito estar en foster care para solicitar la Visa Juvenil?

No necesariamente. El joven puede estar bajo la custodia de un tutor, un padre o madre no abusivo, un familiar u otra persona o entidad nombrada por la corte. La orden debe demostrar que la corte tiene jurisdicción y que se cumplen los hallazgos requeridos.

¿Puedo solicitar la Visa Juvenil si todavía vivo con mi mamá o mi papá?

Es posible que un joven siga viviendo con el padre o la madre protector. La orden debe explicar por qué la reunificación con uno o ambos padres no es viable y qué protección o alivio ordenó la corte. Lea este ejemplo sobre vivir con mamá cuando papá abandonó al joven.

¿La orden de la corte necesita describir todo lo que ocurrió?

Debe incluir una base fáctica razonable, pero no necesita exponer detalles gráficos o innecesarios. La corte debe explicar los hechos suficientes para apoyar sus hallazgos y proteger la privacidad del joven.

¿Qué pasa si cumplo 21 años después de presentar el I-360?

Si USCIS recibe correctamente el I-360 antes del cumpleaños 21, la edad queda protegida para la petición. Aun así, existen otros requisitos y documentos que deben revisarse. No se debe esperar hasta la última semana.

¿La aprobación del I-360 me da automáticamente la green card?

No. El I-360 aprobado clasifica al joven para SIJS. La residencia requiere el Formulario I-485 cuando una visa esté disponible y cuando el joven cumpla los requisitos correspondientes.

Reunir documentos para la Visa Juvenil puede dar miedo, especialmente después de recibir una carta de la corte o cuando se acerca un cumpleaños 21. En Lluis Law ofrecemos una consulta inicial confidencial en español. Llámenos al (213) 955-7536 o use el formulario de contacto o el chat del sitio; atendemos en toda California, incluidos Los Ángeles, Orange, San Bernardino, Riverside, San Diego y el Área de la Bahía. Hemos presentado más de 650 peticiones SIJS y llevamos más de 45 años defendiendo a inmigrantes.

Esta guía es información general, no asesoría legal sobre su caso.

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