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Noticias sobre SIJS

Boletín de visas y fecha de prioridad para la Visa Juvenil: cómo leerlo mes a mes

La fecha de prioridad ayuda a saber cuándo puede avanzar hacia la residencia con la Visa Juvenil.

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Madre e hijo conversan en la mesa de la cocina

La fecha de prioridad ayuda a saber cuándo puede avanzar hacia la residencia con la Visa Juvenil. Para algunos jóvenes, el Formulario I-485 puede presentarse junto con el I-360 si hay una visa disponible. Para otros, deben esperar hasta que el boletín permita presentar el I-485. La tabla cambia, así que debe revisarse cada mes.

¿Qué relación tiene el boletín de visas con la Visa Juvenil?

La Visa Juvenil se conoce en inglés como Special Immigrant Juvenile Status (SIJS). Es un camino humanitario para ciertos jóvenes que no pueden reunificarse con uno o ambos padres por abuso, negligencia, abandono o una causa similar bajo la ley estatal.

Primero, una corte estatal debe emitir la orden de la corte (predicate order). Después, USCIS decide la petición I-360. La aprobación del I-360 no convierte automáticamente al joven en residente. La residencia se solicita mediante el Formulario I-485 cuando existe una visa disponible.

Las visas para SIJS pertenecen a la categoría de inmigración basada en empleo EB-4, aunque el joven no esté buscando trabajo. La disponibilidad de visas para esta categoría se muestra en el boletín de visas.

Por ejemplo, este caso es ficticio: Luis tiene 20 años, vive con su tía en El Monte y obtiene una orden válida de una corte de California. Su abogado presenta el I-360 antes de su cumpleaños 21. Si todavía no hay una visa disponible, Luis puede tener que esperar para presentar el I-485.

¿Qué es la fecha de prioridad?

La fecha de prioridad (priority date) es la fecha que USCIS reconoce para colocar la petición dentro de la fila de visas. En un caso SIJS, normalmente está relacionada con la fecha oficial en que USCIS recibe correctamente el Formulario I-360.

USCIS envía un aviso de acción, conocido como Formulario I-797. Ese aviso muestra la fecha oficial de presentación y el número de recibo. Guarde el aviso y revise que la fecha coincida con la evidencia de entrega.

La fecha de prioridad no es la fecha de la orden de la corte. Tampoco es necesariamente la fecha en que el joven comenzó a preparar sus documentos. La corte estatal decide asuntos de custodia, cuidado y protección; USCIS decide la clasificación migratoria.

Por ejemplo, este caso es ficticio: María recibe su orden de la corte en enero, pero USCIS recibe su I-360 después. La fecha de prioridad normalmente se relaciona con la recepción del I-360, no con el día de la audiencia.

¿Cómo se lee el boletín mes a mes?

El boletín puede incluir tablas para saber cuándo una persona puede presentar su solicitud y cuándo una visa puede aprobarse. La tabla aplicable puede cambiar según las instrucciones de USCIS para ese mes.

Para revisar el caso, compare estos elementos:

  • La categoría migratoria aplicable al caso SIJS.
  • La fecha de prioridad que aparece en el recibo del I-360.
  • La tabla que USCIS autoriza para presentar el I-485.
  • La fecha indicada en el boletín para que una visa esté disponible.
  • Las instrucciones vigentes de USCIS para ese mes.

No basta con mirar si el I-360 está aprobado. También debe revisarse si una visa está disponible y si USCIS permite presentar el I-485 usando la tabla correspondiente.

Estas son las fechas del boletín vigente para la categoría EB-4:

Boletín de Visas de septiembre de 2026 — categoría EB-4 (Visa Juvenil)
Fecha de acción final (final action date)15 de diciembre de 2022
Fecha de presentación (date for filing)1 de enero de 2023

Fuente: Departamento de Estado. Si la fecha de prioridad de su I-360 es anterior a la fecha de acción final, hay visa disponible. Actualizado el 26 de agosto de 2026.

Estas fechas cambian cada mes; confirme con su abogado antes de presentar el I-485.

Por ejemplo, este caso es ficticio: Ana ve una fecha en internet y cree que ya puede presentar el I-485. Antes de enviar documentos, su abogado compara la fecha de prioridad de su recibo con la tabla que USCIS permite usar ese mes.

¿Qué puede presentar el joven mientras espera?

El I-360 y el I-485 cumplen funciones diferentes. El I-360 solicita la clasificación SIJS. El I-485 solicita el ajuste de estatus para obtener la residencia permanente, también llamada green card.

Si una visa de inmigrante está disponible, generalmente se pueden presentar el I-360 y el I-485 al mismo tiempo. Si no está disponible, el joven puede presentar el I-360, pero deberá esperar para presentar el I-485.

El permiso de trabajo (work permit, EAD) se solicita con el Formulario I-765 presentado con el I-485 o después, mientras el I-485 esté pendiente. Con el permiso de trabajo, el joven puede obtener un número de Seguro Social. Las tarifas y reglas relacionadas deben confirmarse antes de enviar el paquete.

El examen médico del Formulario I-693 debe realizarlo un cirujano civil autorizado por USCIS. También pueden ser necesarios documentos de identidad, el recibo o aprobación del I-360, fotografías y copias certificadas de ciertos casos de policía o corte.

Para conocer los pasos completos, puede leer nuestra guía sobre cómo aplicar para la Visa Juvenil paso a paso. También puede revisar qué sigue después de aprobarse la Visa Juvenil.

Por ejemplo, este caso es ficticio: José tiene un I-360 aprobado, pero el boletín todavía no permite avanzar con su I-485. No debe asumir que ya tiene la residencia ni que puede presentar todos los formularios sin revisar las reglas del mes.

¿Qué debe hacer hoy?

La fecha de prioridad puede ser decisiva. Un error al leer el boletín o al guardar un recibo puede causar confusión. Siga estos tres pasos:

  1. Reúna sus avisos. Guarde el I-797, el número de recibo del I-360, la fecha de prioridad y una copia de todo lo enviado a USCIS.
  2. Revise el boletín vigente. Compare su fecha de prioridad con la tabla de arriba y confirme qué tabla (acción final o presentación) acepta USCIS para presentar el I-485 ese mes. No use una captura antigua sin verificarla.
  3. Pida orientación antes de presentar. Un abogado debe revisar la orden de la corte, el estado civil, la edad, la disponibilidad de visa y cualquier historial de arresto o caso judicial.

Si el cumpleaños 21 se acerca, no espere para buscar ayuda. El I-360 debe presentarse antes de cumplir 21 años. Cuando se presenta a tiempo, la edad queda protegida para esa petición, aunque el joven cumpla 21 después.

Puede consultar también los requisitos de la Visa Juvenil que USCIS revisa y la lista completa de documentos que la familia debe reunir.

Por ejemplo, este caso es ficticio: Carlos cumple 21 años en pocas semanas y todavía no tiene presentado el I-360. Su familia debe hablar con un abogado de inmediato para revisar las opciones y evitar perder un plazo legal.

Preguntas frecuentes

¿La aprobación del I-360 significa que ya tengo la green card?

No. El I-360 aprobado reconoce la clasificación SIJS, pero la residencia requiere el Formulario I-485 y una visa disponible. La aprobación del I-360 no es, por sí sola, la residencia permanente.

¿Puedo presentar el I-485 al mismo tiempo que el I-360?

Generalmente sí, si hay una visa de inmigrante disponible y las reglas de USCIS permiten la presentación. Si no hay una visa disponible, puede ser necesario esperar para presentar el I-485.

¿La fecha de prioridad es la fecha de mi audiencia en la corte?

No necesariamente. La fecha de prioridad normalmente se relaciona con la fecha en que USCIS recibe correctamente el I-360. Revise el I-797 y consulte si la fecha parece incorrecta.

¿Puedo pedir la Visa Juvenil desde otro país?

No. El joven debe estar físicamente en Estados Unidos cuando presenta el I-360 y cuando USCIS decide la petición. La Visa Juvenil no se solicita desde el extranjero para entrar al país.

¿Qué pasa si me caso mientras espero?

El joven debe estar soltero cuando presenta el I-360 y cuando USCIS decide esa petición. Casarse antes de que se apruebe la residencia puede cancelar o revocar la clasificación SIJS.

En Lluis Law atendemos en español en toda California, incluyendo Los Ángeles, Orange, San Bernardino, Riverside, San Diego y el Área de la Bahía. Tenemos más de 650 peticiones SIJS presentadas y más de 45 años defendiendo inmigrantes. Solicite una consulta inicial confidencial por el formulario o chat de abogadodevisajuvenil.com o llame al (213) 955-7536. Estamos en 205 S. Broadway, Suite 1000, Los Ángeles, CA 90012.

Datos de tarifas y fechas verificados el 26 de agosto de 2026. Estas cifras cambian; confírmelas con su abogado.

Esta guía es información general, no asesoría legal sobre su caso.

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