Sí, puede tener hijos y todavía calificar para la Visa Juvenil (SIJS). Pero casarse antes de que USCIS apruebe su residencia puede cancelar o revocar la clasificación, aunque ya tenga una petición pendiente.
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Casarse puede cancelar la Visa Juvenil
Para la Visa Juvenil, el joven debe estar soltero cuando presenta el Formulario I-360, Petición para Amerasiano, Viudo(a) o Inmigrante Especial, y cuando USCIS decide el caso. Soltero significa que nunca se ha casado, o que su matrimonio terminó por divorcio, anulación o fallecimiento.
Casarse antes de que USCIS apruebe la residencia puede cancelar o revocar la clasificación SIJS. La residencia se solicita con el Formulario I-485, Solicitud para registrar la residencia permanente o ajustar estatus. Por eso, no debe casarse mientras espera la aprobación de su residencia sin hablar primero con un abogado.
Por ejemplo, Ana tiene 19 años y vive con su abuela en Pomona. Presentó su I-360 y después su I-485. Si Ana se casa antes de que aprueben su residencia, puede perder la clasificación SIJS.
Tener hijos no cancela el caso
Tener hijos propios no impide calificar para la Visa Juvenil. El requisito es estar soltero, no no tener hijos. Un joven puede ser padre o madre y todavía cumplir los demás requisitos del SIJS.
También debe seguir cumpliendo las otras reglas. Por ejemplo, debe estar físicamente en Estados Unidos, tener menos de 21 años al presentar el I-360 y contar con una orden válida de una corte juvenil.
La orden de la corte (predicate order) debe incluir hallazgos sobre su cuidado o custodia, la reunificación no viable con uno o ambos padres y su interés superior. USCIS revisa la petición migratoria después de que la corte estatal hace esos hallazgos.
Por ejemplo, Luis tiene 18 años, vive con su tía en Riverside y tiene una hija pequeña. Tener una hija no cancela su posible caso. Sin embargo, Luis debe mantenerse soltero y cumplir los demás requisitos cuando presente el I-360 y mientras USCIS decide.
Para conocer los requisitos completos, puede leer nuestra guía sobre qué es la Visa Juvenil (SIJS). Si solo uno de los padres lo abandonó, revise también la información sobre la Visa Juvenil con un solo padre.
Qué hacer hoy
- No se case sin revisar primero su caso con un abogado de inmigración.
- Guarde sus actas de nacimiento, documentos de la corte y recibos de los formularios I-360 e I-485.
- Confirme su edad y las fechas de presentación. La petición I-360 debe ser recibida por USCIS antes de cumplir 21 años.
Por ejemplo, Carla cumple 21 años en tres meses y está comprometida. Antes de fijar una fecha de boda, debe revisar con cuidado el estado de su I-360 y su I-485. También puede consultar nuestra explicación sobre la regla de los 21 años.
Preguntas frecuentes
¿Puedo solicitar la Visa Juvenil si ya tengo un hijo?
Sí. Tener un hijo no impide calificar por sí solo. Usted todavía debe cumplir los requisitos de edad, estado civil, presencia física y orden de la corte.
¿Puedo casarme después de presentar el I-360?
Casarse antes de que USCIS apruebe la residencia puede cancelar o revocar la clasificación SIJS. Consulte con un abogado antes de casarse, aunque su I-360 ya haya sido aprobado.
¿Tener hijos demuestra que estoy casado?
No. Tener hijos no significa que usted esté casado. USCIS revisa su estado civil y los demás requisitos del caso.
Si tiene dudas sobre la visa juvenil y casarse, nosotros podemos revisar sus documentos y explicarle el siguiente paso. Lluis Law ha presentado más de 650 peticiones SIJS y tiene más de 45 años defendiendo a inmigrantes. Atendemos en español en toda California, incluidos Los Ángeles, Orange, San Bernardino, Riverside, San Diego y el Área de la Bahía.
Llame a Lluis Law al (213) 955-7536 para una consulta inicial confidencial. También puede contactarnos mediante nuestro formulario o chat y leer las noticias sobre SIJS para conocer cambios recientes. Esta política puede cambiar; confirme con su abogado.
Esta guía es información general, no asesoría legal sobre su caso.