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Tutela (guardianship) para la Visa Juvenil en la corte de sucesiones de California

La tutela legal puede ayudar a un joven soltero de 18 a 20 años a buscar la Visa Juvenil en California.

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Ilustración: Tutela (guardianship) para la Visa Juvenil en la corte de sucesiones de California

La tutela legal puede ayudar a un joven soltero de 18 a 20 años a buscar la Visa Juvenil en California. La corte de sucesiones puede nombrar un tutor de la persona con el consentimiento del joven, junto con los hallazgos necesarios sobre custodia, reunificación familiar e interés superior.

¿Qué es la tutela para la Visa Juvenil?

La tutela (guardianship) es una orden de la corte que permite a otra persona cuidar y tomar decisiones legales para el joven. En California, la corte de sucesiones puede nombrar un tutor de la persona para un joven soltero de 18 a 20 años, con su consentimiento, en conexión con una petición de Visa Juvenil.

Esta tutela no concede por sí sola la residencia ni la Visa Juvenil. Primero, la corte estatal decide asuntos de cuidado y protección. Después, USCIS decide si aprueba el estatus especial de inmigrante juvenil (Special Immigrant Juvenile Status, SIJS).

Por ejemplo, Luis tiene 19 años, vive con su tía en El Monte y no puede reunificarse con uno de sus padres por abandono. Si cumple los demás requisitos, su tía podría pedir la tutela en la corte de sucesiones. Este ejemplo es ficticio.

La Visa Juvenil es un camino humanitario hacia la residencia permanente (green card). No es una visa de turista, permiso de trabajo, DACA ni asilo. Para conocer la explicación general, puede revisar nuestra guía completa sobre la Visa Juvenil.

¿Cuándo puede usar la corte de sucesiones?

La corte superior de California puede hacer hallazgos de SIJS en sus divisiones de sucesiones, familia, dependencia y delincuencia o juvenil. La corte debe tener autoridad sobre el cuidado, la custodia o la protección del joven.

En sucesiones, la tutela puede ser una opción para jóvenes de 18 a 20 años. El joven debe estar soltero y debe dar su consentimiento. La tutela debe conectarse con la necesidad de protección frente al abuso, negligencia, abandono o una base similar bajo la ley estatal.

La corte no decide la inmigración. Solo USCIS puede aprobar o negar la clasificación SIJS y la residencia permanente. La corte tampoco debe otorgar una orden únicamente para obtener un beneficio migratorio.

Los expedientes de dependencia y justicia juvenil son estrictamente confidenciales en California. En una orden de tutela, la información debe explicar los hechos necesarios para USCIS sin exponer detalles innecesarios o gráficos.

Por ejemplo, Ana tiene 18 años y vive con su abuela en Riverside. La abuela quiere protegerla y ayudarla con decisiones importantes. La familia debe revisar si la corte de sucesiones tiene jurisdicción y si la tutela realmente corresponde a las necesidades de Ana. Este ejemplo es ficticio.

¿Qué debe decir la orden de la corte?

La orden de la corte (predicate order) debe incluir hallazgos claros y suficientes. Generalmente, debe establecer tres cosas:

  1. El joven depende de la corte o está bajo la custodia de una persona o entidad nombrada por la corte.
  2. La reunificación con uno o ambos padres no es viable por abuso, negligencia, abandono o una base similar bajo la ley estatal.
  3. No es del interés superior del joven regresar a su país de nacionalidad o última residencia habitual, o al país de sus padres.

La orden debe basarse en la ley de California y citar los estatutos estatales correspondientes. También necesita una base fáctica razonable. Una orden que solo repite palabras legales o la ley federal puede provocar una solicitud de evidencia adicional (Request for Evidence, RFE) o una negación de USCIS.

Desde el TVPRA de 2008, el estándar es que la reunificación no sea viable. El lenguaje antiguo hablaba de ser elegible para foster care a largo plazo. Si una orden usa únicamente ese lenguaje antiguo, puede ser necesario volver a la corte para pedir una orden enmendada.

La corte puede considerar la declaración escrita del joven como evidencia. Bajo AB 2224, la motivación migratoria percibida del joven es irrelevante e inadmisible en el análisis de la corte. Sin embargo, la petición debe buscar protección frente al maltrato familiar, no solamente papeles.

Por ejemplo, Carlos explica por escrito que no puede regresar con su padre debido a abandono y que vive de forma estable con su tutor. La declaración debe ser honesta y suficiente para que la corte entienda la situación. Este ejemplo es ficticio.

¿Qué formularios se presentan en sucesiones?

En la corte de sucesiones, normalmente se usan los formularios del Consejo Judicial relacionados con la tutela. La petición es el formulario GC-220 y la orden propuesta es el formulario GC-224.

El formulario exacto y los documentos adicionales pueden depender del caso y de las reglas de la corte. La familia debe confirmar que la petición solicita una tutela de la persona y que la orden propuesta contiene los hallazgos necesarios para SIJS.

Después de obtener la orden certificada, el joven presenta ante USCIS el Formulario I-360, Petition for Amerasian, Widow(er), or Special Immigrant. Debe presentar el I-360 antes de cumplir 21 años. Si se presenta a tiempo, la edad queda protegida aunque el joven cumpla 21 después.

Para el I-360 suelen ser importantes estos documentos:

  • Acta de nacimiento, pasaporte o documento oficial que demuestre la edad.
  • Orden válida y certificada de la corte.
  • Evidencia de los hechos que apoyan los hallazgos de la corte.
  • Traducción certificada al inglés cuando corresponda.
  • Formulario G-28 si el joven tiene abogado o representante acreditado.

La fecha en que USCIS recibe el I-360 es fundamental. Si faltan documentos, firmas o hechos suficientes, USCIS puede pedir más evidencia. Puede leer también nuestra guía sobre la edad límite de 21 años para la Visa Juvenil.

Por ejemplo, una familia puede tener la orden firmada, pero olvidar pedir una copia certificada. Antes de enviar el I-360, conviene revisar cada página, firma, traducción y fecha. Este ejemplo es ficticio.

¿Qué pasa después del I-360?

El I-360 aprobado no es la residencia. Después de la clasificación SIJS, el joven puede solicitar el ajuste de estatus (adjustment of status) mediante el Formulario I-485 cuando haya una visa de inmigrante disponible.

La fecha de prioridad (priority date) es la fecha que ayuda a determinar el lugar del caso dentro de la categoría migratoria correspondiente. Las fechas y la disponibilidad de visas pueden cambiar; confirme con su abogado. Esta política puede cambiar; confirme con su abogado.

Con el I-485, el joven puede presentar el Formulario I-765, Application for Employment Authorization, para solicitar un permiso de trabajo. Los solicitantes SIJS no pagan la tarifa del I-485 ni necesitan el Formulario I-912: están exentos por regla de USCIS (8 CFR 106.3).

El paquete del I-485 puede incluir:

  • Formulario I-485, sin tarifa para solicitantes SIJS (exentos por regla de USCIS, sin I-912).
  • Formulario I-693, examen médico con un cirujano civil autorizado por USCIS.
  • Copia del recibo o aprobación del I-360.
  • Fotografías tipo pasaporte.
  • Formulario G-325A, datos biográficos para verificaciones.
  • Registros certificados de policía o corte sobre arrestos, cargos o casos juveniles.

Algunas causas de inadmisibilidad tienen exenciones automáticas para SIJS. Otras pueden requerir un perdón mediante el Formulario I-601. Los antecedentes juveniles no son condenas para inmigración por sí solos, pero ciertas admisiones o conductas pueden causar problemas.

Por ejemplo, Sofía recibe la aprobación del I-360 y después revisa si puede presentar el I-485. Antes de enviar formularios, debe revisarse su historial migratorio, familiar y de cualquier corte. Este ejemplo es ficticio.

¿Puede la corte entregar la orden rápidamente?

AB 2224 permite pedir procesamiento expedito cuando existe una orden propuesta conforme. En ese caso, la corte debe entregar una copia certificada dentro de 3 días hábiles después de la audiencia o de la presentación de la orden propuesta, lo que ocurra después.

Este plazo se refiere a la entrega de la orden certificada por la corte. No significa que USCIS aprobará el I-360, el I-485 o la residencia en ese tiempo. Tampoco significa que todos los casos cumplen los requisitos para un procesamiento expedito.

Si el joven se acerca a los 21 años, la familia debe actuar con cuidado. Confirme la fecha exacta de nacimiento, la fecha de la audiencia y la fecha en que USCIS debe recibir el I-360. Puede leer sobre un caso familiar en Visa Juvenil cuando solo está presente uno de los padres.

Por ejemplo, Diego cumple 20 años y 11 meses. Su familia no debe asumir que una cita futura protege automáticamente su edad. Debe revisar de inmediato las opciones de la corte y la presentación del I-360. Este ejemplo es ficticio.

Qué hacer hoy

  1. Confirme la edad y el estado civil. Revise la fecha exacta de nacimiento. El joven debe ser menor de 21 años al presentar el I-360 y permanecer soltero cuando USCIS decida.
  2. Reúna los documentos de la tutela. Guarde acta de nacimiento, identificaciones, pruebas de residencia, documentos de la corte y una explicación escrita de la situación familiar. No destruya cartas ni órdenes anteriores.
  3. Busque una revisión legal antes de presentar. Un abogado puede revisar si la corte de sucesiones tiene jurisdicción, si la orden contiene los tres hallazgos y qué formularios corresponden.

Lluis Law ha presentado más de 650 peticiones SIJS y tiene más de 45 años defendiendo a inmigrantes. Atendemos en español en toda California, incluyendo Los Ángeles, Orange, San Bernardino, Riverside, San Diego y el Área de la Bahía.

Preguntas frecuentes

¿La tutela garantiza la Visa Juvenil?

No. La tutela y la orden de la corte son una parte del proceso. USCIS revisa el I-360 y decide si aprueba o niega la clasificación SIJS.

¿Un joven de 18 a 20 años necesita estar en foster care?

No necesariamente. Puede estar bajo la custodia de un tutor o de un padre o madre no abusivo mediante una orden judicial. La situación debe cumplir los requisitos de SIJS y la orden debe explicar los hechos.

¿Puede un padre ser el tutor del joven?

AB 2224 permite que la corte nombre a un padre o madre, normalmente el no abusivo, como tutor de su hijo soltero de 18 a 20 años para fines de SIJS. La corte debe analizar el caso y el joven debe consentir cuando corresponda.

¿Qué ocurre si la orden solo dice “foster care a largo plazo”?

Ese es lenguaje antiguo. Desde el TVPRA de 2008, la orden debe abordar que la reunificación no es viable. USCIS puede pedir evidencia adicional o la corte puede necesitar emitir una orden enmendada.

¿Se puede pedir la tutela después de cumplir 21 años?

La información disponible exige presentar el I-360 antes de cumplir 21 años. Si el joven ya cumplió 21, debe revisarse su situación concreta y cualquier excepción aplicable. No espere para pedir orientación.

Si su familia necesita ayuda con la tutela legal para la Visa Juvenil, Lluis Law ofrece una consulta inicial confidencial en español. Llame al (213) 955-7536 o use el formulario o chat de nuestro sitio; también puede conocer las noticias y cambios sobre SIJS y a nuestro equipo legal.

Esta guía es información general, no asesoría legal sobre su caso.

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